
VER PROPUESTA COMPLETA Después de varias prórrogas, el próximo 30 de junio de 2017 entra en vigor la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, tal y como dispone su disposición final décima. La Ley se basa en tres pilares fundamentales
Una nueva configuración y funcionamiento del registro civil, basada en la creación de un folio único personal (con atribución del correspondiente código único para la persona inscrita), superando el sistema tradicional de secciones y la paralela informatización y modernización tecnológica de su gestión.
Un nuevo modelo organizativo, que se asienta sobre la existencia de una Oficina Central del registro civil y Oficinas Generales en cada Comunidad Autónoma (además de las Oficinas Consulares).
Una nueva gobernanza del registro civil que, pasando por su desjudicialización, preveía la asignación de su llevanza a personal funcionario, al no tratarse de una función jurisdiccional atribuida a jueces y magistrados.


















