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SPJ-USO SOLICITA LA CREACIÓN DEL SERVICIO COMÚN PROCESAL GENERAL PARA LOS PARTIDOS JUDICIALES DE BETANZOS, CAMBADOS, CANGAS, CARBALLO, O PORRIÑO, PONTEAREAS, RIBEIRA, TUI Y VILAGARCÍA DE AROUSA.

SPJ-USO ha presentado sendos escritos dirigidos a la Sala de Gobierno del TSXG  y a la Dirección Xeral de Xustiza para la creación del Servicio Común Procesal General (SCPG)   en los partidos judiciales de Betanzos, Cambados, Cangas, Carballo, O Porriño, Ponteareas, Ribeira, Tui y Vilagarcía de Arousa.

Estos Servicios Comunes Procesales Generales  son en la actualidad ( tras la reforma de la LOPJ y del Reglamento de Aspectos Accesorios) el equivalente a los servicios comunes de apoyo creados en el año 2003 en las ciudades de A Coruña, Ferrol, Santiago de Compostela, Lugo, Ourense, Pontevedra y Vigo.

SPJ-USO  considera que con la creación de este SCPG (cuya composición habrá de negociarse posteriormente en función de las concretas necesidades de cada partido judicial), se podría prestar apoyo a los juzgados de estos  partidos judiciales mediante dos posibilidades:

1.-Adscripción del personal funcionario integrante del SCPG a las oficinas judiciales de la localidad, a fin de proporcionarles apoyo en situaciones de sobrecarga de trabajo o de suplir las ausencias temporales (mientras no se efectúa el nombramiento correspondiente mediante substitución, comisión de servicio o funcionario interino).

2.- Liberar a los actuales juzgados de tareas comunes  como la digitalización de documentos, comparecencias apud acta, celebración de videoconferencias, tareas de archivo, apoyo a la guardia, celebración de vistas, practicar actos de comunicación, atención a los profesionales y ciudadanía en general, etc… que  permitan   a los  funcionarios de los respectivos juzgados  centrarse exclusivamente en la tramitación y gestión de los procedimientos.

SPJ-USO solicita que el personal funcionario que forme parte de este SCPG sea retribuido en la misma forma que los servicios comunes de apoyo mediante una retribución de 3,5 puntos, en aplicación de lo establecido en el artículo 12 del Real decreto 1909/2000, de 24 de noviembre, por el que se fija el complemento de destino del personal al servicio de la Administración de justicia

Xustificante-PR004A-20210920