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PROCESO SELECTIVO LAJ PJC 307/2025: RELACIÓN DE APROBADOS

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Orden PJC/673/2026, de 1 de julio, por la que se hace pública la relación de personas aspirantes que han superado la fase de oposición del proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, para el ingreso en el Cuerpo de  Letrados de la Administración de Justicia. Este proceso corresponde a la convocatoria regulada por la Orden PJC/307/2025, de 26 de marzo.
Plazo y presentación de documentación
Las personas interesadas que figuran en el listado de aprobados disponen de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el BOE, para presentar los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la convocatoria.
Puedes acceder al contenido íntegro de la resolución y verificar el anexo con las notas definitivas a través del siguiente enlace:


O TRIBUNAL SUPREMO, MEDIANTE SENTENZA DA SALA DO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN 4 DE DATA 14-1-2026 FIXA XURISPRUDENCIA E DECLARA QUE NON PROCEDE Ó COBRO DAS GARDAS NAS SITUACIÓNS DE INCAPACIDADE TEMPORAL, VACACIÓNS, PERMISOS E LICENZAS

SPJUSO INFORMA DE QUE RECENTEMENTE SE PUBLICOU A SENTENZA DA SALA DO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DO TS NA QUE SE FIXOU A SEGUINTE DOUTRINA XURISPRUDENCIAL: 

 

Doutrina xurisprudencial fixada:

* As retribucións por garda do persoal de Xustiza teñen carácter especial e extraordinario.
* Só se devengan cando o servizo de garda se realiza efectivamente e se acredita formalmente.
* Non procede o seu abono durante períodos de incapacidade temporal, vacacións, permisos ou licenzas.

▪️ Amplía información e accede á sentenza íntegra: ⤵️

SENTEZA TRIBUNAL SUPREMO

POSIBLE MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 451, 489, 489 BIS Y LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA DE LA LOPJ

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POSIBLE MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 451, 489, 489 BIS Y LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA DE LA LOPJ

📢🔊 Posible modificación de los artículos 451, 489, 489 bis y de la Disposición Transitoria Única de la LOPJ:

 👉 Sustituciones del cuerpo de LAJ’s  y

👉 Nombramientos y ceses de interinos de Gestión, Tramitación y Auxilio‼️

ℹ️➡️ El Ministerio de Justicia sigue atacando nuestros derechos, al mismo tiempo que pretende reducir los nombramientos de LAJ’s sustitutos y limitar los nombramientos de personal interino a un máximo de 2 años.

👉 La nueva redacción que pretende dar a los artículos 451, 489, 489 bis y la Disposición Transitoria única de la LOPJ supondrá, de salir adelante en los términos propuestos: ⤵️⤵️

🔴 Que las suplencias de LAJs recaerán en otro LAJ* que designe su inmediato superior jerárquico.

Sólo en caso de imposibilidad de lo anterior podrá procederse al nombramiento de un LAJ sustituto (Gestor Procesal preferentemente).

🔴 Que el nombramiento de interinos se limita a un máximo de dos años.  y los refuerzos a un máximo de nueve meses, dentro de un periodo de dieciocho meses.

🔴 Tanto para LAJ’s sustitutos como interinos de cuerpos generales  no podrá nombrarse a quien ya hubiera sido nombrado (en una o varias relaciones diferentes) por un periodo total que supere el máximo de dos años, hasta pasados seis meses desde la finalización del último nombramiento.

▪️ _Amplía información y accede al borrador de modificación:_ ⤵️⤵️

🔗 BORRADOR DE TEXTO A NEGOCIAR

https://docs.google.com/document/u/0/d/19sIHEATH3WaQUZQchefK6N_CL3OzTfWw/mobilebasic

COMISIÓNS DE SERVIZO, SUBSTITUCIÓNS E NOMEAMENTOS DE INTERINOS.

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Tralos últimos acontecementos, onde a DXX, se acolleu á “URXENCIA NA COBERTURA DAS PRAZAS” para non cumplir coa normativa e ofertar a interinos prazas que debían ir a Comisións de Servizo e Substitución, aclaramos, coa excepción dos supostos de urxencia, a REGULACIÓN CONFORME Á NORMATIVA ACTUAL E SENTENCIAS EXISTENTES DO TSXG.

Accede á circular: COMISIÓNS SERVIZO – SUBSTITUCIÓNS – INTERINOS, resumo 2025

 

 

BOE: PUBLICADA LA LEY ORGÁNICA DE MEDIDAS EN MATERIA DE EFICIENCIA DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA

PUBLICADA EN EL BOE LA LEY ORGÁNICA DE MEDIDAS EN MATERIA DE EFICIENCIA DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA

En el BOE de 3 de enero de 2025, se ha publicado la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

Desde SPJ-USO trabajaremos con contundencia para paliar los efectos más negativos de esta Ley de Eficiencia, defendiendo las condiciones laborales del personal de Justicia en la negociación de la implantación de las oficinas judiciales y las RPTs y exigiendo una verdadera negociación a la Xunta de Galicia, y a pesar del acuerdo firmado por CSIF, STAJ, UGT y CIGA donde «se comprometen a garantizar la paz social en el proceso de  negociación de los puntos que forman parte de este acuerdo”.

El calendario de implantación de los Tribunales de Instancia* aprobado en esta Ley será simultáneo al de las nuevas oficinas judiciales (servicios comunes) y al de las Oficinas de Justicia del Municipio que sustituirán a los actuales Juzgados de Paz, y es el siguiente:

☑️ 1.º El día 1 de julio de 2025 los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, en aquellos partidos judiciales donde no exista otro tipo de Juzgados, se transformarán, respectivamente, en Secciones Civiles y de Instrucción Únicas y Secciones de Violencia sobre la Mujer

☑️ 2.º El día 1 de octubre de 2025, los Juzgados de Primera Instancia, los Juzgados de Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, en los partidos judiciales donde no exista otro tipo de Juzgados, se transformarán, respectivamente, en Secciones Civiles, Secciones de Instrucción y Secciones de Violencia sobre la Mujer

☑️ 3.º El día 31 de diciembre de 2025, los restantes Juzgados, no comprendidos en los supuestos anteriores, se transformarán en las respectivas Secciones conforme a lo previsto en la  ley.

🔴 A norma crea os Tribunais de Instancia, un órgano colexiado que integra todos os xulgados unipersoais e de primeira instancia nunha única organización en cada partido xudicial. Desta forma, os 3.800 xulgados unipersoais transformaranse en 431 Tribunais. A lei tamén crea as Oficinas de Xustiza nos Municipios.

Co acordo, que no seu dia foi avalado polos sindicatos CSIF, STAJ, UXT e CIGA prexudícase gravemente os intereses dos funcionarios de xustiza e non achega nada positivo ao colectivo. Por que asinaron ese acordo❓❓

▪️ Amplía información: ⤵️⤵️

🔗 BOE LEI DE EFICIENCIA https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-76

🔗 CIRCULAR https://spjusogalicia.com/wp-content/uploads/2024/11/CIRCULAR-LEI-DE-EFICIENCIA-15-11-4.pdf

ACCEDE AL BOE: LEY ORGÁNICA DE MEDIDAS EN MATERIA DE EFICIENCIA DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA