Resolución de 20 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Pontevedra, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del partido judicial de Pontevedra, que comprende la Oficina General del Registro Civil de Pontevedra y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de A Lama, Cerdedo-Cotobade, Poio y Ponte Caldelas, de la aplicación informática denominada DICIREG, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 18 de septiembre de 2023.
2. El Ministerio de Justicia proveerá, en cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
Segundo.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el Registro Civil de Pontevedra pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Pontevedra y los Registros Civiles Municipales Delegados de A Lama, Cerdedo-Cotobade, Poio y Ponte Caldelas pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de A Lama, Cerdedo-Cotobade, Poio y Ponte Caldelas, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones, Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la aplicación de la Ley 20/2011.
Tercero.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de DICIREG, esté prestando servicios en el Registro Civil de Pontevedra y en las secretarías o unidades procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados de A Lama, Cerdedo-Cotobade, Poio y Ponte Caldelas, continuará desarrollando sus funciones en las oficinas del Registro Civil, según lo establecido en la disposición transitoria octava de la Ley 20/2011, de 21 de julio y en esta Resolución, aplicando las normas reseñadas en el artículo segundo.
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