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AUXILIO JUDICIAL: PUBLICACIÓN BOE RELACIÓN DE PLAZAS OFERTADAS A LAS PERSONAS APROBADAS Y APERTURA PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES

En el BOE del día 16-10-2023 se ha publicado la Orden JUS/1122/2023, de 20 de septiembre, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.

Con respecto a la presentación de la solicitud de destino no se regirá por lo dispuesto en el apartado segundo de esta Orden, sino que se ajustará a los requerimientos que se establezcan en la Oferta de plazas publicada en este mismo «Boletín Oficial del Estado» por el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas competentes.

Accede a la resolución aquí:

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-21313

Consulta las plazas de cada ámbito y la forma de presentación de las solicitudes de destino correspondientes a cada ámbito territorial aquí:

GALICIA

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-21337

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BOE: PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE 5-10-2023, QUE DICTA INSTRUCCIONES SOBRE EL PAGO DEL 0,5% AL PERSONAL DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL

PUBLICADA EN EL BOE LA RESOLUCIÓN DE 5-10-2023, POR LA QUE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE EL PAGO DEL 0,5% AL PERSONAL DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL

Resolución de 5 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de
Presupuestos y Gastos, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo adicional del 0,5 por ciento vinculado a la evolución del IPCA previsto en el artículo 19.Dos.2.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

El incremento adicional del 0,5 por ciento se calculará sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022, tendrá efectos de 1 de enero de 2023 y se abonará en la nómina del mes de octubre de 2023, incluidos los atrasos de enero a septiembre, salvo que la habilitación responsable no disponga de todos los elementos formales necesarios o en otros supuestos en que por motivos técnicos no resulte posible, en cuyo caso se abonará en la primera nómina en que sea posible.

El personal que durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el último día del mes anterior al pago de los atrasos haya cambiado de destino, los atrasos se liquidarán por el centro que abonó las retribuciones, previa petición del interesado, dirigida al órgano de personal.

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BOE ➖ PUBLICADA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA 2023

 BOEℹ️➡️ Publicado en el BOE el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023.

🔴 La Oferta de la administración de Justicia la podéis ver en el Anexo II, en las páginas 21 y 22, distribuyéndose de la siguiente forma: 1210 plazas para el turno libre y 692 para la promoción interna, sobre un total de 1902 plazas. 

🔴 Las convocatorias de los procesos selectivos deberán publicarse antes del 31 de diciembre de 2023, salvo causa justificada que acredite su imposibilidad.

La excepcionalidad de la causa será justificada por el órgano convocante ante la Secretaría de Estado de Función Pública.

👉 En cualquier caso, todos los procesos selectivos deberán estar finalizados antes de que transcurran dos años, ampliables a tres por causa justificada, computados desde la aprobación de este real decreto.

▪️ Amplía información y ACCEDE A LA OPE 2023: ⤵️⤵️
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2023

Se adjunta imagen con las plazas ofertadas en la Administración de ⚖️ Justicia.

NOVIDADES NAS INCAPACIDADES TEMPORAIS (IT) ÚNICA E EXCLUSIVAMENTE PARA OS FUNCIONARIOS ENCADRADOS, A EFECTOS SANITARIOS, NO RÉXIME DA SEGURIDADE SOCIAL A PARTIR DO 1 DE ABRIL.

spjinformaNOVIDADES NAS INCAPACIDADES TEMPORAIS (IT) ÚNICA E EXCLUSIVAMENTE PARA OS FUNCIONARIOS ENCADRADOS, A EFECTOS SANITARIOS, NO RÉXIME DA SEGURIDADE SOCIAL A PARTIR DO 1 DE ABRIL.

A partir do 1 de abril, e trala publicación no Boe do RD 1060/2022, que modifica o RD 625/14 (https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/12/27/1060) que regula a xestión e control dos procesos de incapacidade temporal, elimínase a obriga de presentar, polo funcionario, e sempre que pertenza a efectos sanitarios á seguridade social, o parte de baixa médica ou alta, que deberá ser remitido polo Sergas á Xunta telemáticamente.

No caso dos funcionarios pertencentes á MUXEXU, que dependan a efectos sanitarios das mutuas, deberán seguir presentando igualmente os partes correspondentes.

A nova normativa afecta a tódolos procesos de Incapacidade temporal en curso, sempre que na data de entrada en vigor, o 1 de abril, non teñan superado os 365 días de duración.

B.O.E. DESTINOS CONCURSO DE TRASLADOS JUECES Y JUEZAS.

B.O.E. DESTINOS CONCURSO DE TRASLADOS JUECES Y JUEZAS.

 

 

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

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