SPJ-USO REITERA LA DOTACIÓN URGENTE DE UN FUNCIONARIO DEL CUERPO DE AUXILIO EN EL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 4 DE BETANZOS.

Por Real Decreto 819/2010, de 25 de junio, se creó el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 4 de Betanzos. Dicho Juzgado se creó con la dotación de 1 sólo funcionario del cuerpo de AUXILIO JUDICIAL. Cuando todos los demás juzgados de igual clase tenían dos funcionarios de dicho cuerpo.

Lo que se podía entender como una infradotación temporal, por ser un Juzgado de nueva creación, se convirtió en una infradotación permanente. Esta circunstancia también se podría entender, aunque difícilmente, en el utópico y lejano horizonte de la implantación de la nueva oficina judicial. Pero como la experiencia nos ha demostrado, persiguiendo esa quimera lo único que ha hecho la administración es aprovechar para reducir plantillas, es decir, el trabajo se ha incrementado pero el personal se ha reducido.

A priori, de esa dotación inferior de plantilla, podría inferirse una exención de reparto o alguna otra razón que lo justificase. PERO NO EXISTE. Este Juzgado nº 4, tiene el mismo reparto que los demás. Lo cual provoca que la actual funcionaria del cuerpo de AUXILIO, deba atender los requerimientos de sala (juicios, videoconferencias, etc..), deba realizar las notificaciones personales fuera de la sede del juzgado, realizar las salidas con la Comisión Judicial en el partido judicial, etc, etc. Y todo ello en ambos órdenes civil y penal. De ahí que los demás funcionarios del Juzgado deban dejar asiduamente sus tareas para asumir las tareas que no puede realizar la funcionaria de AUXILIO

Esta solicitud de completar la plantilla del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 4 de Betanzos, con un funcionario del Cuerpo de AUXILIO JUDICIAL, ha sido reclamada por este sindicato en numerosas ocasiones, por ello creemos que en tanto la administración “se lo piensa”, no se debiera caer en perjudicar a los funcionarios, ciudadanos y profesionales, por la “lentitud mental” de la maquinaria burocrática. El nombramiento de un REFUERZO del cuerpo de AUXILIO JUDICIAL para dicho juzgado tiene que ser inmediato.

Por todo ello, SOLICITAMOS:

  • EL INMEDIATO NOMBRAMIENTO DE UN FUNCIONARIO DE REFUERZO DEL CUERPO DE AUXILIO PARA DICHO JUZGADO, EN TANTO NO SE CREE LA PLAZA SOLICITADA.
  • LA CREACIÓN DE LA PLAZA DE AUXILIO QUE EN JUSTICIA LE FALTA AL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 4 PARA COMPLETAR SU PLANTILLA, Y DE ESTA FORMA EQUIPARARSE A LAS PLANTILLAS DE LOS DEMÁS JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA DE BETANZOS.
  • QUE DICHA PLAZA SEA INCLUIDA COMO VACANTE EN EL CONCURSO DE TRASLADO DE 2022.

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