MESA TRABAJO 17-02-2010

EL PASADO MIERCOLES DIA 17 DE FEBRERO, NOS REUNIMOS DE NUEVO, SINDICATOS Y ADMINISTRACION, PARA COMENZAR A TRABAJAR EN SERIO SOBRE LA NUEVA OFICINA JUDICIAL. COMENZAMOS CON EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CONSTITUYEN LAS UNIDADES TECNICO-ADMINISTRATIVAS EN LOS EDIFICIOS JUDICIALES Y UNIDADES DE APOYO A PRESIDENCIAS DE TRIBUNALES Y DECANATOS DE LOS JUZGADOS.
Se trata de un documento de carácter básico cuyo objeto es la creación de las denominadas “unidades administrativas”, esto es, aquellas unidades que sin estar integradas en la oficina judicial, se constituyen en el ámbito de la organización de la Administración de Justicia para la jefatura, ordenación y gestión de los recursos humanos de la oficina judicial, así como la creación y regulación de las unidades de apoyo a las presidencias de los Tribunales y a los Decanatos de los Juzgados. Una vez estudiemos cada una de las funciones que el personal destinado en estos servicios deba asumir, entraremos en el tema de las RPT y plantillas. De momento para familiarizarnos con esta nueva terminología os resumimos los puntos discutidos hasta el momento:

*  Las unidades técnicos administrativas son órganos administrativos, a los que también podremos concursar.

*  Existirán en las sedes judiciales de Coruña, Ferrol, Santiago de Compostela, Lugo, Ourense, Pontevedra y Vigo, con un ámbito de actuación que abarca a otros partidos judiciales, que se determinan en el artículo 5 del borrador. No obstante, inicialmente su ámbito territorial se limitara al partido judicial de su sede y más adelante, cuando se aprueben las RPT, se incorporaran en partidos judiciales distintos de los de su sede puestos singularizados que asuman tareas de enlace y coordinación con dichas unidades. (Disposición transitoria 2ª)

Funciones: Las unidades técnico administrativas de Justicia, ejercerán  sus funciones en tres ámbitos:

1.- Gestión de recursos humanos.- Nos quedamos discutiendo este punto pero ya os adelantamos que el personal aquí destinado llevaría temas hasta ahora realizados por la Dirección Xeral o las Delegaciones Provinciales, tales como las atribuciones de funciones, sustituciones entre titulares o el  control horario y absentismo laboral.

2.- Administración de medios económicos y materiales.

3.- Soporte (se cambiara este concepto por el de “formación y asistencia en el uso”) de medios audiovisuales e informáticos.

Desde SPJ-USO pedimos que se incorporen a estos tres ámbitos, un cuarto “Funciones Auxiliares de la Nueva Oficina Judicial”, con el consiguiente incremento de plantilla de estos servicios y todo ello con el fin de aligerar la carga de trabajo de los Servicios Comunes Generales en aspectos tales como la preparación del correo o las videoconferencias.  También fue una petición generalizada el que la Administración no unifique como centro de destino la “unidad técnico administrativa” sino que diferencie en función del área de actividad, por equipos o secciones,  que desarrolle. Con ello solicitaríamos una plaza, por ejemplo,  no para la unidad técnico administrativa de Coruña, sino para el equipo, área o sección de Gestión de recursos humanos de la Unidad técnico administrativa de Coruña. No estamos pidiendo algo extraño para la Administración ya que tanto la Xunta, Estado y Corporaciones Locales funcionan ya con el sistema de puestos de trabajo singularizados, con su niveles correspondientes. En la próxima reunión la DXX nos dará una respuesta.

Como veis la negociación va lenta, no ha hecho más que comenzar. Estaréis al corriente de cada reunión para que tengáis toda la información de la reforma más importante de la Justicia en nuestro país y por ello os agradecemos cualquier sugerencia en cada punto del que os demos traslado.

Interinos.- En la reunión se dió cuenta de la publicación de los nuevos listados, como así figura en el post que antecede.

Concurso de traslados.-La DXX mostró su firme intención de incluir en la relación definitiva de plazas que remita al Ministerio de Justicia las resultantes de las modificaciones de las plantillas de los juzgados de menores de A Coruña, Pontevedra, 1ª Instancia 3 de Santiago, Negreira, Muros y Sarría, así como los juzgados de paz de Salceda de Caselas y Barbadas. La inclusión de estas plazas dependerá de que la aprobación definitiva de las mismas sea aprobada por el Ministerio antes de la publicación del concurso. También se incluiran en el concurso las resultantes de jubilaciones producidas en los últimos días.

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