Archivo diario: 07/04/2020

ULTIMA HORA. MUGEJU ACCEDE A LO SOLICITADO POR SPJ-USO EN RELACION A LAS INCAPACIDADES TEMPORALES

subsidio incapacidad temporal

El Consejo de Ministros de hoy  garantiza que MUGEJU mantendrá las retribuciones y licencias por incapacidad temporal durante el estado de alarma y seguirá pagando los subsidios por Incapacidad Temporal

Amplía la información: 👇👇
https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/ministerio/gabinete-comunicacion/noticias-ministerio/consejo-ministros-garantiza

Finalmente Mugeju accederá a lo solicitado por SPJ-USO: 👇👇

SPJ-USO EXIGE A LA MUGEJU QUE INCLUYA COMO SERVICIO ESENCIAL LA TRAMITACIÓN Y EL RECONOCIMIENTO DEL SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL

https://spjusogalicia.com/2020/04/06/mugeju-subsidio-por-incapacidad-temporal/

 

SPJ-USO: Os teus DEREITOS, o noso TRABALLO!!!

REGISTRO CIVIL: TELETRABAJO CON LA APLICACIÓN INFOREG.

inforeg

PUBLICACION DE NOTA INFORMATIVA POR LA SECRETARÍA GENERAL PARA LA  INNOVACION Y CALIDAD DEL SERVICIO PUBLICO DE JUSTICIA SOBRE TELETRABAJO CON LA APLICACIÓN INFOREG

Con motivo de la resolución del Ministerio de Justicia de 23 de marzo de 2020 sobre servicios esenciales en el ámbito de la Administración de Justicia y el protocolo de actuación para la cobertura de los servicios del Registro Civil durante el estado de alarma decretado con motivo del Covid-19, se ha habilitado un acceso web a la aplicación INFOREG para su uso por los funcionarios cuando no se encuentren de manera presencial en los Registros Civiles.

Los funcionarios, una vez dados de alta, accederán a la aplicación a través del AccesoRemoto Seguro, tal y como aparece en la Guía Rápida de Acceso desde un Equipo Personal que se les remite una vez confirmada su alta.

Una vez accedan a INFOREG, es importante recordar que, desde el punto de vista jurídico, una inscripción no está hecha mientras no esté impresa y firmada por el Encargado. Por tanto, es necesario que el procedimiento a seguir en la modalidad de teletrabajo sea compatible con el mantenimiento de la práctica habitual de inscripción en los libros de hojas móviles oficiales, no pudiéndose realizar dicha impresión en ningún otro soporte: la impresión de las inscripciones deberá seguir haciéndose en las impresoras matriciales de las oficinas de Registro Civil.

Sin embargo, las tareas de calificación documental, cumplimentación de datos para lageneración de los borradores de asientos y otras tareas previas a la impresión sí podrán ser realizadas de manera remota.

Para acceder al procedimiento a seguir por los funcionarios que acceda de forma remota a la aplicación INFOREG, desde sus propios equipos informáticos pincha en el siguiente enlace :NOTA TELETRABAJO INFOREG

 

ÚLTIMA HORA:CONVOCATORIA DO COMITÉ DE SEGURIDAD E SAÚDE

comite de seguridade e saude laboral

No día de hoxe recibimos comunicación da DXX, indicándonos que por orde do director xeral, se están a realizar as xestións oportunas coa Amtega para a celebración, por videoconferencia, do Comité de Seguridade e Saúde na seguinte data e hora indicados:

Data: 14/04/2019

Hora: 12:00 h.

Lugar: enlace pendente de confirmación

Orde do día

  1. Lectura e aprobación da acta da reunión anterior

  2. Covit-19

RENTA 2019. GASTOS DEDUCIBLES PARA FUNCIONARIOS TITULARES DE NUEVO INGRESO Y FUNCIONARIOS INTERINOS POR CAMBIO DE DOMICILIO.

renta 2019

Dispone el artículo 19 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, que tendrán la consideración de gastos deducibles entre otros, aquellos que Tratándose de contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, se incrementará dicha cuantía, en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente, en 2.000 euros anuales adicionales.

Por ello podrán beneficiarse:

1º.- Funcionarios titulares que reúnan las siguientes condiciones:

a) Haber superado los procesos selectivos de acceso a la Administración de Justicia y que hayan tomado posesión durante el año 2018 y 2019.

b) Haber trasladado su residencia a un nuevo municipio por tal circunstancia.

c) Estar previamente inscrito en el SEPE.

2º.- Funcionarios Interinos  que hayan aceptado un puesto de trabajo en una localidad diferente a la de su residencia y que por tal circunstancia  hayan  trasladado su domicilio durante el año 2018 y 2019.