
En relación a las dudas que han surgido sobre la última fase de las convocatorias de estabilización, se informa:
Accede a la nota sobre procesos de estabilización
IMPORTANTE.-
1.- Las convocatorias que se van a resolver en primer lugar son las de concurso. Las personas que hayan aprobado ambas, deberá NECESARIAMENTE OPTAR POR UNO DE ELLOS, comunicando al Tribunal calificador su renuncia a la que no opte.
2.- Es imprescindible no haber alcanzado la edad legal de jubilación forzosa, que en la actualidad está establecida en 65 años para el régimen de clases pasivas y de 66 años y 6 meses para el régimen general.
3.- Las renuncias por cualquier causa deben enviarse lo antes posibles a las dirección de correo indicadas en la nota que se adjunta
ACCEDE A LA NOTA ACLARATORIA.- nota sobre procesos de estabilización (2)
ACCEDE PUNTUALMENTE A LA SITUACIÓN EN LA QUE SE ENCUENTRAN LAS DIFERENTES CONVOCATORIAS.-
GESTION ESTABILIZACION.– https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/empleo-publico/acceso-libre/gestion-estabilizacion-concurso
GESTION CONCURSO OPOSICION.- https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/empleo-publico/acceso-libre/gestion-procesal-administrativa-orden-jus-1327-2022
TRAMITACIÓN ESTABILIZACION.-
TRAMITACIÓN CONCURSO OPOSICION.-
AUXILIO JUDICIAL ESTABILIZACION.-
AUXILIO JUDICIAL CONCURSO OPOSICION


















