Archivo diario: 18/03/2024

SPJ USO SOLICITA REUNIÓN URGENTE PARA ABORDAR LOS SIGUIENTES TEMAS: INSTRUCCIONES PARA EL CONCURSO DE TRASLADOS Y FORMACIÓN IN SITU

IMPORTANTE

CONCURSO DE TRASLADOS 

El pasado jueves 7 de marzo terminó el plazo de alegaciones y renuncias al Concurso de Traslados 2023, por lo que más pronto que tarde el Ministerio de Justicia procederá a la adjudicación definitiva de destinos.

En los últimos años la DXX ha publicado de manera unilateral y sin consenso con las Organizaciones Sindicales las correspondientes Instrucciones sobre Ceses y Tomas  de Posesión derivadas del Concurso de Traslados.

 El año pasado hubo compromiso por parte de la DXX de convocar la correspondiente reunión para abordar las directrices a seguir en este concurso de Traslados, A FECHA DE HOY NO TENEMOS FECHA EN EL CALENDARIO PARA ABORDAR ESTE TEMA.

Las plazas ofertadas en concepto de  vacantes  así como sus correspondientes resultas, se han cubierto en su totalidad por lo que van a ser much@s compañer@s tanto titulares como interinos que se verán afectados tras la publicación definitiva, y es básico fijar unas normas conjuntas entre las organizaciones Sindicales y la DXX.

Por lo que desde SPJ USO SOLICITAMOS REUNIÓN URGENTE PARA TRATAR TODAS LAS CASUISTICAS Y PROBLEMAS QUE SE HAN VENIDO OBSERVANDO EN LOS ÚLTIMOS AÑOS:

  • Criterios uniformes en las cuatro delegaciones.
  • Razones de cese en los puestos de trabajo.
  • Claridad y transparencia en cuanto a los códigos adjudicados en el Ministerio.

📣 Desde SPJ-USO no vamos a consentir que un año mas la DXX proceda a la «ejecución» de unos ceses «discreccionales» en base a unos códigos que los sindicatos, como legítimos representantes de los trabajadores no conocemos y así se lo hemos hecho saber mediante escrito a la DXX.

 FORMACIÓN DE FORMADORES IN SITU

La solución que propuso la DXX para resolver la falta de formación de los compañer@s que acudían con poca experiencia o sin ninguna a un nuevo puesto de trabajo,  es insuficiente.

Hasta la fecha ha sido un parche que no resuelve que se logre el objetivo firme de que el trabajo en los Juzgados fluya.

En los próximos meses y debido a los cambios provocados por  la incorporación de nuevos funcionarios no sólo por el concurso de traslados sino por todos aquellos opositores que van a tomar posesión en esta comunidad,  es  por lo que desde SPJ USO consideramos que es necesario asentar unas bases claras para que un trabajador que acuda a un nuevo puesto tenga una adaptación digna.

 POR ELLO ESTA SOLUCIÓN PASA PORQUE CADA TRABAJADOR QUE SE INCORPORE RECIBA FORMACIÓN IN SITU DESDE EL MINUTO 1 y no se repita el estado de abandono actual que se refleja en una adaptación deficiente y un escaso rendimiento de cara al puesto de trabajo, tal y como está sucediendo en este momento.

VER ESCRITO PRESENTADO Y JUSTICANTE : ⤵️⤵️

SOLICITUD MESA-CONCURSO TRASLADOS-FORMACIÓN

JUSTIF. CONCURSO Y FORMACIÓN 15.3.24

SPJ-USO SOLICITA LA CONCESIÓN DEL PERMISO POR CAMBIO DE RESIDENCIA

El Ministerio de Justicia lleva años aclarando y poniendo en conocimiento de las gerencias y comunidades transferidas la siguiente información en relación al PERMISO ESTABLECIDO EN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA DEL RD 364/1995, DE 10 DE MARZO, el cual recoge  el Permiso retribuido para funcionarios que accedan a otros Cuerpos o Escalas:

“Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación asimilada que accedan a un nuevo Cuerpo o Escala tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, a un permiso retribuido de tres días hábiles si el destino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo comporta.”

Según Acuerdo de la Comisión Superior de Personal, se informó que este permiso tiene por objeto que todo el personal que se encuentre prestando servicios en la Administración y accede a un Cuerpo o Escala por promoción interna o turno libre, disfrute de un permiso retribuido para incorporarse a su puesto de trabajo, lo que no ocurre en todos los casos. En consecuencia, este permiso sólo se aplicará al personal que no haya disfrutado de plazo posesorio retribuido.

POR LO ANTERIOR EL CRITERIO DEL MINISTERIO PARA USO INTERNO EN CUANTO A LA CONCESIÓN DE DICHO PERMISO ES:

  Se concederá a todos los funcionarios de carrera que estén prestando servicios en el momento de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la adjudicación de destinos, tanto de nuevo ingreso como por concurso de traslados ordinario, siempre y cuando cesen y tomen posesión sucesivamente en el plazo imprescindible de uno, dos o tres días que se concede para estos casos.

El permiso deberá empezar a contar a partir del día siguiente a la toma de posesión, dada la finalidad del permiso de habilitar determinado tiempo para efectuar el traslado, devengando las retribuciones correspondientes al nuevo destino. El permiso se concede cuando hay un cambio de residencia, y según el art. 40 del Código Civil, la residencia habitual es donde se tenga el domicilio, por lo que, si se cambia de destino, pero no de domicilio, no se tendría derecho a este permiso.

Se debe justificar documentalmente el cambio de domicilio (contrato de alquiler, certificado empadronamiento, etc.)

A todas luces la información transmitida desde el Ministerio de Justicia es clara, concisa e involucra a todos l@s funcionarios de Justicia independientemente de donde esté destinada y en este caso debe ser asumida por la DXX.

En estos días much@s compañer@s que han aprobado la oposición al cuerpo de Tramitación, tendrán que cesar en sus puestos para tomar posesión en sus nuevos destinos, por lo que se van a encontrar en esta tesitura.

Por lo que desde SPJ USO denunciamos que desde la Administración  se acepten las órdenes transmitidas desde el Ministerio de Justicia según les convenga en su propio beneficio.

POR LO QUE SOLICITAMOS QUE A TENOR DE LA ÚLTIMA NOTA DE LAS INSTRUCCIÓNES REALIZADAS POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA EN CUANTO AL PERMISO RETRIBUIDO POR CAMBIO DE RESIDENCIA, se aplique este derecho a todo aquel trabajador/a que se encuentre en la situación de cambio de residencia.

ESCRITO PRESENTADO Y JUSTIFICANTE DE SU PRESENTACIÓN.

SOLICITUD PERMISO DE RESIDENCIA

Justificante-PERMISO POR RESIDENCIA

Accede a la nota informativa del Ministerio de Justicia: Permiso Retribuido para Funcionarios-as que Accedan a Otros Corpos ou Escalas