VER ESCRITO PRESENADO Ante las múltiples dudas suscitadas a raiz de la modificación operada en la LO PJ y tras las gestiones oportunas realizadas por este Sindicato, la DXX nos informa que en 2019 NO se podrán acumular los días de asuntos particulares a los 7 días de vacaciones que se pueden disfrutar de forma independiente, tal como se venía haciendo hasta ahora.
Manifiesta la DXX que basa su decisión en la nueva redacción del art. 503 de la LO 4/2018, de 28 de diciembre, que establece que los asuntos particulares no podrán acumularse en ningún caso a las vacaciones anuales”.
Significar que igual postura es adoptada por comunidades como Andalucía o Cantabria, a diferencia del Ministerio de Justicia que, en su territorio, SI permite dicha acumulación.
Pues bien, el 17 de enero de 2019 (posterirnente a la publicación de la Ley Orgánica que modifica la LOPJ), se publica instrucción del Ministerio de Justicia, Área de personal, que comienza disponiendo:
Se remite oficio sobre el permiso de asuntos particulares por el que se permite acumular los días de permiso por asuntos particulares de 2019 y años sucesivos (ojo! no a los de 2017 y 2018) a los siete dias de vacaciones que se disfruten de forma independiente. Sigue leyendo



















