Una vez más, los Tribunales dan la razón a USO en materia de formación en las Administraciones

justicia_mazofepuso1El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 6 de Madrid reconoce el derecho de la UNIÓN SINDICAL OBRERA a promover Planes de Formación Continua de carácter interadministrativo, al considerar que la exclusión de USO de la posibilidad de promover los citados Planes en el marco del IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas (AFCAP) ha sido declarada nula por la Audiencia Nacional, por vulnerar, entre otras, la libertad sindical.

La citada Sentencia, recaída en el recurso interpuesto por el Área de Derecho Administrativo de la Asesoría Jurídica Confederal de USO recoge una vez más el derecho de USO a ser promotor de Planes de Formación.
Así, se anula la Resolución de 14 de febrero de 2007, del INAP, por la que se convocaban los Planes de Formación en el marco del IV AFCAP, al estimar el Tribunal que ya existe un cuerpo doctrinal consolidado en múltiples Sentencias, entre ellas, la de 11 de julio de 2007, de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional por la que se estima el recurso interpuesto por USO contra la Orden APU/80/2006, de 12 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para el desarrollo de planes de formación en el marco del IV AFCAP, y en la que se declara el derecho de USO a ser promotor de dichos planes de formación.
Es por todo ello que, a pesar de la oposición al recurso de FETE-UGT, CSI-CSIF, FSAP-CC.OO., Generalitat Valenciana, Junta de Andalucía, CIG y FSP-UGT, el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo Nº6 de Madrid concluye dando la razón a USO ya que la exclusión de los planes de formación resulta igualmente contraria al artículo 28 de la Constitución Española

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