
Se ha publicado en el Boe, la Orden PJC/825/2025, de 31 de julio, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de Justicia en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Régimen de participación.
De acuerdo con lo dispuesto en la referida disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, al tratarse de un proceso de acoplamiento, podrán participar en exclusiva y por una sola vez los funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial destinados en el municipio donde deban desempeñarse los puestos de trabajo ofertados (por lo tantono afecta a los funcionarios destinados en Galicia). Además, para poder participar, los funcionarios deberán encontrarse situación de servicio activo o con reserva de puesto de trabajo
Puestos de trabajos ofertados.
Los puestos a proveer mediante el presente concurso son los que figuran en los
anexos I a VI de esta orden.
Bases y baremos de valoración.
El presente concurso específico consta de dos fases.
En la primera fase se procederá a la comprobación y valoración de los méritos
generales.
La valoración de los méritos específicos en la segunda fase se efectuará mediante la puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos, la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales
Solicitudes.
Los interesados deberán presentar sus solicitudes, ajustadas el modelo que
figura en el anexo VII, dirigidas a la Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en las que harán constar sus datos personales, puesto de trabajo actual y puesto/s solicitado/s, en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Las solicitudes se presentarán únicamente a través del Registro Electrónico de la Administración General del Estado (https://reg.redsara.es), siendo imprescindible la
acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo establecido en esta base.
Accede al BOE y al ANEXO
LIBRE DESIGNACIÓN TERRITORIO MINISTERIO
Se ha publicado en el BOE la Orden PJC/826/2025, de 31 de julio, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación en la Administración de Justicia.
Participantes.
Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal y Administrativa que se encuentren en situación de servicio activo, o en cualesquiera otras que comporten la reserva del puesto de trabajo, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Presentación de solicitudes y documentación.
Los interesados deberán presentar sus solicitudes, ajustadas el modelo que figura en el anexo II, dirigidas a la Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en las que harán constar sus datos personales, puesto de trabajo actual y puesto/s solicitado/s, en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Con la solicitud se deberá adjuntar un curriculum vitae.
Las solicitudes se presentarán únicamente a través del Registro Electrónico de la
Administración General del Estado (https://reg.redsara.es), siendo imprescindible la BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 184 Viernes 1 de agosto de 2025 Sec. II.B. Pág. 104183 cve: BOE-A-2025-15950 Verificable en https://www.boe.es acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo establecido en esta base.
Accede al BOE
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