
ERROR EN LAS PLAZAS OFERTADAS EN GALICIA EN EL CONCURSO DE TRASLADOS 2023
Por un lado, el Ministerio de Justicia entiende que las plazas a resultas son vacantes encubiertas porque justifica que esa plaza ya fue ofertada y ya pudo ser ocupada en el Concurso de traslado anterior.
Por otro lado, Galicia no revisa ese error, conociendo que, en esta Comunidad, esas plazas se estaban reservando para el concurso siguiente, para reservar a los trabajadores que quieren regresar a su tierra, así como a los que se quieran mover dentro de la Comunidad.
Esta cadena de errores IMPLICA LO SIGUIENTE:
Afecta a los opositores que han aprobado en el último proceso de turno libre y a los trabajadores que ahora mismo están a la espera de obtener destino en el próximo concurso de traslados.
Debido a esta cadena de errores sin precedentes, la Administración debe buscar una solución lo menos perjudicial posible tanto para los OPOSITORES DE NUEVO INGRESO, como aquellos compañeros que se encuentran a las expectativas en el próximo CONCURSO DE TRASLADOS, dado que estos últimos estaban a la espera de un número de plazas de las cuales ahora no van a disponer.
En consecuencia, tanto el Ministerio de Justicia como la Xunta, deciden retirar del Concurso de traslados 2023 las plazas que en el anterior concurso quedaron a resultas (plazas de compañeros que se movieron a otra plaza y su plaza no ha sido cubierta)
LA NORMATIVA VIGENTE ESTABLECE LO SIGUIENTE:
Articulo 28 del Reglamento de Ingreso y provisión de puestos de trabajo del año 2005, Real decreto 1451/2005 de 7 de diciembre, en su apartado 2: “los puestos de trabajo que se oferten a los funcionarios de nuevo ingreso deberán haber sido objeto de concurso de traslado previo entre quienes ya tuvieran la condición de funcionario. No obstante, si las Administraciones competentes en materia de gestión de recursos humanos no dispusiesen, en sus respectivos ámbitos territoriales, de plazas suficientes para ofertar a los funcionarios de nuevo ingreso, con carácter excepcional y previa negociación sindical, podrán incorporar puestos de trabajo no incluidos previamente en concurso de traslados.
En este último supuesto, el destino adjudicado al funcionario de nuevo ingreso tendrá carácter provisional.
El artículo 44 del mismo Real Decreto… “En los concursos se ofertarán las plazas vacantes que determinen las administraciones competentes y las que resulten como consecuencia del propio concurso, siempre que no esté prevista su amortización”.
Los artículos vigentes de la LOPJ siguientes 527, 524 y 488, hablan de la previsión de los puestos de trabajo en la Administración de Justicia.
OTRAS FORMAS DE PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO SON:
-
ADSCRIPCIÓN PROVISIONAL mientras no obtengamos destino definitivo.
-
Nombramiento como funcionario titular a la espera de la obtención de destino definitivo retribuido con todas las consecuencias desde la fecha de nombramiento.
SPJ-USO VELARÁ, AMPARARÁ Y DEFENDERÁ A CUALQUIER COMPAÑER@ DE JUSTICIA QUE SE VEA PERJUDICADO@ ANTE LA DECISIÓN UNILATERAL ACORDADA POR LAS ADMINISTRACIONES IMPLICADAS EN EL CONCURSO DE TRASLADOS QUE SE PUBLICARÁ EL PRÓXIMO 9 DE OCTUBRE.
ACCEDE A LA NOTA DE SPJ-USO:
NOTA SPJ-USO ERROR EN LAS PLAZAS OFERTADAS EN GALICIA EN EL CONCURSO DE TRASLADOS 2023




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