Archivo diario: 04/06/2020

BORRADOR DO MINISTERIO DE JUSTICIA, por la que se activa la Fase 3 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19.

Pendente a resolución correspondiente e a negociación no ámbito da Xustiza galega, o Ministerio de Xustiza infórmanos: 👇👇

1️⃣ O permiso de deber inexcusable finalizará o 21 de xuño de 2020.

2️⃣ O 9 de xuño reincorpórase o 100% do persoal ás oficinas xudiciais en quenda de mañá ou de tarde a condición de que non se poida asegurar a distancia de 2 metros na xornada ordinaria.

No cómputo dese 100% entra o persoal que está realizando teletraballo, aínda que non computará ós efectos de fixación das porcentaxes de asistencia pola mañá ou pola tarde nos casos nos que haxa ambas quendas.

3️⃣ Respecto dos funcionari@s con TELETRABALLO, establécese un horario fixo de 9.00 a 14.30 máis dúas horas flexibles.

Quén estéa teletraballando e non teñan concedido un permiso de deber inexcusable ou estean en poboación de risco deberán ir ao centro de traballo 2 ou 3 días.

☑️ Ampliaremos a información‼️

SPJ-USO non vai permitir que se atropele e menosprece aos traballador@s , igual que se fixo e permitiu no ministerio de xustiza.

ADXUNTAMOS BORRADOR DO MINISTERIO DE XUSTIZA:

BORRADOR Desescalada Fase 3

SPJ-USO: Os teus DEREITOS, o noso TRABALLO!!!

MUGEJU: PAGO DE PRESTACIONES DURANTE EL ESTADO DE ALARMA

MUGEJU

En relación a la prestación del subsidio de Incapacidad Temporal, se están realizando los pagos que corresponden a los mutualistas que cumplieron los 180 días de baja antes del 14 de marzo, que es cuando se decretó el estado de alarma, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Ley 13/2020 de 7 de abril de 2020 en su disposición adicional quinta.
En la actualidad se están realizando los pagos correspondientes al mes de abril.

▪️Es importante que los mutualistas que hayan cumplido los 180 días antes del 14 de marzo de 2020, comprueben que han presentado la solicitud de la prestación del subsidio de Incapacidad Temporal en la MUGEJU, así como que sus órganos de personal hayan remitido las licencias correspondientes. En el caso de que no hayan presentado la solicitud del subsidio de Incapacidad Temporal deberán hacerlo a la mayor brevedad posible.

▪️ En cuanto a los mutualistas que cumplieron los 180 días de baja con posterioridad al 14 de marzo, cuando se decretó el estado de alarma, las gerencias y los órganos de personal no van a realizar ningún descuento en las nóminas. Con independencia de ello, los mutualistas tienen que realizar la solicitud del subsidio de Incapacidad Temporal en la MUGEJU por correo, por la sede electrónica o por correo electrónico si no les fuera posible hacerlo presencialmente.

☑️ En relación a las prestaciones de incapacidad permanente, gran invalidez e hijo a cargo con discapacidad, se ha retrasado el pago del mes de abril y de mayo por la situación excepcional que se ha producido en el país, dada la crisis sanitaria. La semana próxima se pagará el mes de abril y la semana siguiente el mes de mayo.

☑️ En relación a las prestaciones del Fondo Especial: Pensiones de jubilación, viudedad y orfandad, así como hijo a cargo con discapacidad de las tres mutualidades (Mutualidad Benéfica de Auxiliares de la Administración de Justicia, Mutualidad Benéfica de Funcionarios de Justicia Municipal, Mutualidad de Previsión de Funcionarios de la Administración de Justicia), se ha retrasado el pago del mes de abril y de mayo por la situación excepcional que se ha producido en el país, dada la crisis sanitaria.

La semana próxima se pagará el mes de abril y la semana siguiente el mes de mayo.

SPJ-USO: Os primeiros en información!!!
FEITOS, non palabras!!!

Corrección de erros da Resolución do 03/06/2020, de adxudicación de substitución entre titulares

sustituciones

Procedeuse a corrixir a adxudicación da praza do Servizo Común de Apoio de A Coruña:

Adxuntamos arquivo adxunto coa modificación: corrección erros adxudicacion substitucions