Archivo diario: 18/10/2018

COMUNICADO AGENCIA TRIBUTARIA DEVOLUCIÓN COTIZACIONES SENTENCIA T.S. MATERNIDAD

 La Agencia Tributaria ha elaborado un comunicado oficial sobre la devolución de las cotizaciones tras la sentencia del Tribunal Supremo relativa a la prestación por maternidad

El 3 de octubre de 2018 el Tribunal Supremo ha dictado la sentencia 1462/2018, en la que fija la siguiente doctrina legal:

«Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas».

La aplicación de esta doctrina puede dar lugar a diferentes situaciones:

  1. 1. Los contribuyentes que hubieran percibido estas prestaciones en los años 2014,2015, 2016 y 2017 podrán solicitar la rectificación de la declaración de IRPF en la que   hubiesen  incluido   tales rentas. Si las rentas fueron percibidas en más de un año, deberán solicitar la rectificación de la declaración de IRPF de cada  año. En los próximos días la AEAT habilitará un formulario específico de solicitud, cuyo uso facilitará y acelerará la tramitación de la devolución procedente, en el que la persona perceptora de la prestación deberá indicar los años en los que ha percibido la prestación y un número de cuenta bancaria de su titularidad, donde se abonará la devolución  que proceda. No será necesario adjuntar a la solicitud un certificado de la Seguridad Social acreditativo de las prestaciones por maternidad percibidas, puesto que en cada caso la AEAT recabará directamente de la Seguridad Social toda la información precisa para la resolución del procedimiento.
  1. 2. En el caso de solicitudes de rectificación  de  declaraciones  que  hayan  sido desestimadas con anterioridad a la fecha de la sentencia:

o  Si   el   recurso   todavía   se   encuentra   pendiente   de   resolución,   será   el correspondiente órgano revisor el que se pronuncie sobre la aplicación al caso de la doctrina del Tribunal Supremo.

o  Si la resolución desestimatoria de la solicitud de rectificación de la declaración hubiera adquirido firmeza, no será susceptible de revisión en ninguna instancia y no procederá devolución alguna.

  1. 3. En relación con las prestaciones públicas por maternidad percibidas durante este año 2018, en la próxima campaña de renta la AEAT ofrecerá los datos fiscales incorporando tales  prestaciones  como  rentas  exentas  y  las  retenciones  soportadas como plenamente deducibles. Los contribuyentes solo tendrán que confeccionar y presentar sus declaraciones utilizando los datos fiscales que se les ofrezcan.

NotaInformativa_AgenciaTributaria

Concurso específico dun posto de traballo vacante na Fiscalía Provincial da Coruña

Resultado de imagen de concurso especifico justiciaRESOLUCIÓN DO 17 DE OUTUBRO DE 2018, pola que se aproba a listaxe e baremación provisional das persoas admitidas no concurso específico para a provisión, polo sistema de concurso específico, dun posto de traballo vacante na Fiscalía Provincial da Coruña, convocado pola Resolución do 15 de xuño de 2018 (DOG nº 121, do 26/06/2018).    VER RESOLUCIÓN E BAREMACIÓN

El Tribunal Supremo respalda que el banco pague los impuestos al firmar una hipoteca

Resultado de imagen de EL TRIBUNAL SUPREMOEl Tribunal Supremo ha decidido que es el banco y no el cliente el que debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados en la firma de una hipoteca, VOZ DE GALICIA

Quiénes pueden pedir la devolución? ¿Y cómo?

Aunque desde Adicae se apunta que «en cuanto a la retroactividad no se puede conocer el número exacto de afectados. Todo dependerá de la interpretación que se haga de la sentencia», Jesús María Ruiz Arriaga, de Arriaga Abogados, comenta que «no existe es un plazo de prescripción para los consumidores porque la sentencia del Supremo elimina el artículo 68.2 de un reglamento que se aprobó en 1995».     «EL DIARIO»

El sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha indicado, informa Europa Press, que aquellos ciudadanos que hayan formalizado un préstamo hipotecario en los últimos cuatro años, los ejercicios no prescritos fiscalmente, pueden solicitar a Hacienda la devolución de ingresos indebidos, más intereses de demora.

De esta forma, estos ciudadanos pueden sortear el camino judicial, más largo y costoso, para solicitar la devolución de este impuesto. Así, al tratarse de un impuesto cedido a las comunidades autónomas, deberán dirigirse a las hacienda autonómicas y solicitar la devolución de ingresos indebidos, más los intereses de demora, según trasladó a Europa Press el portavoz de Gestha, José María Mollinedo.

Si ya hace más de cuatro años desde que se suscribió el préstamo hipotecario y, por tanto, fiscalmente el pago del impuesto ha prescrito, los ciudadanos tendrán que emprender acciones legales contra la entidad bancaria, informa Europa Press, y solicitar la devolución, que no prescribe puesto que el Supremo ha anulado el artículo del impuesto que establecía que eran los clientes bancarios quienes pagaban el tributo.

 

GESTIÓN Y TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA PROMOCIÓN INTERNA OEP 2016

Resultado de imagen de GESTION Y TRAMITACION DESTINOS PROMOCION INTERNA18 de octubre de 2018

Orden de 16 de octubre de 2018, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, turno de promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/930/2017, de 19 de septiembre.

Fecha de publicación prevista en el Boletín Oficial del Estado: 30-10-2018

Documentos asociados

TRAMITACION PROMOCION INTERNA ADJUDICACION DE PLAZAS OEP 2016
18 de octubre de 2018
Orden de 18 de octubre de 2018, del Ministerio de Justicia, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno de promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/931/2017, de 25 de septiembre.

Fecha de publicación prevista en el Boletín Oficial del Estado: 31 de octubre de 2018.

Documentos asociados

“Con el fin de que no se demore en exceso la adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados por el turno libre, aquellos aspirantes del turno de promoción interna que opten por continuar en activo en el Cuerpo de procedencia, deberán comunicar, mediante el formulario que se publica en la presente Orden como Anexo II, su intención de acogerse a dicha opción, a través del fax 913904304 o al correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es en el plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de su nombramiento y adjudicación de destino en el Boletín Oficial del Estado.”

INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA EL SUPUESTO DE QUE SE OPTE POR TOMAR POSESIÓN EN EL CUERPO AL QUE SE HA PROMOCIONADO.

“dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionario del Cuerpo de… (Tramitación o Auxilio Judicial, según cada caso), un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.”

COBRO DA PRIMEIRA FASE DO PLAN DE RECUPERACIÓN

Resultado de imagen de HORAS EXTRASA administración confírmanos que a primeira fase do plan de recuperación do traballo será efectiva nesta NÓMINA DE OUTUBRO.
Igualmente maniféstasenos que nas sucesivas fases pagarase o plan de recuperación «a mes vencido».
SPJ-USO segue a loitar polos dereitos e intereses d@s traballadore@s da Xustiza Galega, sen fanatismos nen demagoxia. *FEITOS, non palabras.*