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PUBLICACIÓN EN EL BOE DE HOY 28/03/2026, DEL CONVENIO ENTRE LAS MUTUAS (MUGEJU) Y EL SERGAS

PUBLICACIÓN EN EL BOE DE HOY 28/03/2026, DEL CONVENIO ENTRE LAS MUTUAS (MUGEJU) Y EL SERGAS

Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Gallego de Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertadas con dichas mutualidades.

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MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL.- REINTEGRO DE GASTOS DE FARMACIA EN SUPUESTOS EXCEPCIONALES

INFORMACION MUGEJU: Hoy se publica en el BOE la Resolución de 5 de febrero de 2026, del Organismo Autónomo Mutualidad General Judicial, por la que se regula el procedimiento de reintegro de gastos de farmacia en supuestos excepcionales.

Los mutualistas podrán solicitar el reintegro  de gastos de farmacia de  productos sanitarios y productos dietéticos.
Procede el reintegro de gastos de medicamentos, productos sanitarios y productos dietéticos (en adelante productos farmacéuticos) en los siguientes supuestos: 👇🏻👇🏻👇🏻👇🏻
  • Productos farmacéuticos extranjeros no comercializados en España. Se trata de aquellos productos farmacéuticos no existentes en el mercado nacional y que sean autorizados y adquiridos a través de las Consejerías de Salud de las comunidades autónomas o de la dirección e un centro hospitalario, según los procedimientos establecidos. Requerirán para su reintegro la presentación de informe médico justificativo.
  • Cuando, por razones excepcionales debidamente justificadas, el mutualista no haya podido presentar en el acto médico el talonario de recetas de MUGEJU O.A. y el facultativo haya efectuado la prescripción en un modelo de receta diferente . Se requerirá declaración escrita del mutualista justificando la circunstancia excepcional que ha motivado la prescripción en un modelo de receta distinto a las recetas oficiales de MUGEJU, así como el informe médico justificativo de la prescripción.
  • Supuestos en función del diagnóstico y tratamiento prescrito al paciente:
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MUGEJU: Preguntas frecuentes sobre prestación sanitaria

Preguntas frecuentes sobre prestación sanitaria

1. Si estoy adscrito a una entidad médica privada, ¿puedo hacer uso del 112?

En general, no. Debe hacer uso del número de urgencias 24 horas o emergencias correspondiente a su entidad médica privada, el cual podrá encontrar en la tarjeta sanitaria facilitada por su entidad en el catálogo o en su web. Solo podrá hacer uso del servicio del 112 en caso de urgencia vital.

2. ¿Qué se considera una urgencia de carácter vital?

Una urgencia de carácter vital es aquélla en que se haya producido una patología cuya naturaleza y síntomas hagan presumible un riesgo vital inminente o muy próximo, o un daño irreparable para la integridad física de la persona de no obtenerse una actuación terapéutica de inmediato. .

3. Estoy adscrito a una entidad médica privada y me encuentro en una población en la que no existen medios privados de asistencia primaria, ¿puedo acudir a un centro de salud público? ¿En qué casos y condiciones?

Habría que contactar primero telefónicamente con la entidad médica privada, quien en caso de comprobar que no posee medios concertados en ese municipio podrá autorizar el uso de medios no concertados o le ofrecerá una alternativa asistencial válida. Cuando no existan medios concertados de asistencia primaria en la localidad de residencia o estancia del beneficiario, y así haya sido verificado por la entidad, este podría acudir a un centro de salud del Sistema Nacional de Salud.

4. Me encuentro en una Comunidad Autónoma diferente a la de mi residencia y he olvidado mi medicación, ¿qué puedo hacer?

Si está adscrito a una entidad privada puede acudir a un centro médico concertado con su entidad en la comunidad donde se encuentre para que le haga la prescripción de la medicación.

Si está adscrito a la opción pública y su comunidad tiene receta electrónica, podrá contactar telefónicamente con su facultativo para que le prescriban la medicación necesaria y acceder a ella desde cualquier farmacia de la red con su tarjeta sanitaria.

5. Me he jubilado, ¿tengo que seguir abonando el 30% del importe de los medicamentos?

Sí. La jubilación no exime del abono del 30% del precio de los medicamentos, conforme a las normas de prestación farmacéutica.

INFORMACIÓN MUGEJU-IMPORTANTE: ACTUALIZACIÓN DE DESTINO EN BASE A LA ENTRADA EN FUNCIONAMIENTO DE LOS TRIBUNALES DE INSTANCIA. CAMBIO ORDINARIO DE ENTIDAD MÉDICA Y PARTE DIGITAL DE ALTA/BAJA

Adjuntamos diversas informaciones referentes a MUGEJU, y ponemos en vuestro conocimiento que tenemos obligación de actualizar nuestros datos en la sede de Mugeju.

IMPORTANTE: ACTUALIZACIÓN DE DESTINO EN BASE A LA ENTRADA EN FUNCIONAMIENTO DE LOS TRIBUNALES DE INSTANCIA.
👉 Amplía información sobre la actualización de datos y accede a la Sede Mugeju para actualización de datos de destino (Se debe adjuntar el documento de confirmación, reordenación o reasignación forzosa)
🔗 https://sedemugeju.gob.es/procedimientos-y-servicios/afiliacion/variacion-de-datos-de-titulares

CAMBIO ORDINARIO DE ENTIDAD MÉDICA
👉 Os recordamos que el plazo ordinario para el cambio de entidad médica finaliza el 🗓️ 31 DE ENERO DE 2026, durante el cual todos los mutualistas podrán realizar el cambio de entidad médica si así lo desean.
🔗 https://spjusogalicia.com/mujegu-cuadros-medicos-actualizados-2026-y-cambio-de-entidad-medica/

 PARTE DIGITAL DE ALTA/BAJA
👉 Se recuerda a todas las personas mutualistas que tienen a su disposición en la web de MUGEJU, sección “impresos”, el parte de alta/baja laboral para su descarga y utilización
🔗 Parte digital alta/baja | Mutualidad General Judicial https://share.google/MsoWGptqEjuxRMZmR

▪️ Para cualquier duda o aclaración ponte en contacto con tu delegado sindical de SPJ-USO.

MUGEJU informa a SPJ-USO que, a pesar de estar colgado na súa web a solicitude de actualización de datos,  recomenda esperar ó mes de febreiro, cando contan ter actualizada a web cos novos destinos dos Tribunais de Instancia, para posteriormente facer o cambio procedente.

SPJ-USO: Sindicato MAIORITARIO na XUSTIZA ⚖️ Galega!!!

MUJEGU: CUADROS MÉDICOS ACTUALIZADOS 2026 Y CAMBIO DE ENTIDAD MÉDICA

En la página web de la MUJEGU se publica los cuadros médicos de la entidades concertadas para el 2026:


  • ASISA (Consulte el cuadro médico actualizado en la página web de la entidad médica aquí).
  • SEGURCAIXA ADESLAS (Consulte el cuadro médico actualizado en la página web de la entidad médica aquí).
  • NUEVA MUTUA SANITARIA (Consulte el cuadro médico actualizado en la página web de la entidad médica aquí).

CAMBIO ORDINARIO DE ENTIDAD MÉDICA

Os recordamos que se abre el plazo ordinario para el cambio de entidad médica DEL 1 AL 31 DE ENERO DE 2026, durante el cual todos los mutualistas podrán realizar el cambio de entidad médica si así lo desean.

👉 FECHA DE EFECTOS:  El cambio ordinario de entidad médica surte efectos a partir del día 1 de febrero del año en curso.

Como bien sabéis, durante cada mes de enero, los mutualistas titulares pueden optar por cambiar de entidad de seguro médico, o por cambiar entre recibir asistencia a través de una entidad de seguro o hacerlo a través del Servicio Público de Salud.

Seguidamente os adjuntamos el enlace de la página de la MUGEJU,  Elección de entidad médica.