El Ministerio de Justicia ha remitido a las Comunidades Autónomas y a las Gerencias Territoriales , nota informativa sobre el PERMISO ESTABLECIDO EN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA DEL RD364/1995, DE 10 DE MARZO.
La Disposición Adicional Quinta establece lo siguiente:
Permiso retribuido para funcionarios que accedan a otros Cuerpos o Escalas.
“Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación asimilada que accedan a un nuevo Cuerpo o Escala tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, a un permiso retribuido de tres días hábiles si el destino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo comporta.”