Reunión Mesa PERMISOS e INTERINOS

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En el día de ayer, cuatro de noviembre de 2008, las cinco fuerzas sindicales representativas de los funcionarios de la Administración de Justicia, nos reunimos en la sede de la Dirección Xeral de Xustiza, en Santiago de Compostela, para tratar en mesa de trabajo dos temas de máximo interés: Permisos y Licencias y por otra parte, la nueva bolsa de interinos. La mesa se volverá a reunir el día 20 para el texto final de las órdenes. Como resumen de lo allí tratado,  y teniendo en cuenta que en muchos puntos la Administración no se pronunció, os podemos adelantar lo siguiente:

I) PERMISOS Y LICENCIAS.

 

Por fin tendremos una única resolución,  en vez de “Orden de permisos”, en la que nos encontremos con todos los permisos y licencias que podamos disfrutar con una regulación detallada de los mismos, incluyéndose un nuevo capítulo relativo a las “vacaciones” para refundir todo este tema en un único texto. Como novedades más significativas os detallamos las siguientes:

 

a) Permiso por asuntos particulares: Se añadirá que “si el 24 y el 31 de Diciembre caen en sábado o domingo, los funcionarios tendremos derecho a dos días más de asuntos particulares”.

b) Permiso por traslado de domicilio habitual: La Administración estudiará excluir la prohibición de ejercer este derecho en el caso de primer destino como funcionario/a, de nuevo destino adjudicado por nombramiento, resolución de concurso de traslado, comisión de servicio u otros análogos.

c) Permiso para atender al cuidado de familiar: Se estudiará suprimir el apartado b), que obliga a prorratear el permiso hasta el plazo máximo de 20 días naturales,  si hubiera más de un funcionario con derecho al mismo por el mismo hecho causante. Se pidió que los 30 días naturales, se disfruten íntegramente, por los funcionarios que tengan derecho al mismo.

d) Permiso de lactancia: La Administración estudiará cambiar, en caso de sustitución del tiempo de lactancia por días de permiso retribuido, el período de cuatro semanas por “días”.

e) Licencia por riesgo durante el embarazo y lactancia: Se añade “con plenitud de derechos económicos”.

 

II) INTERINOS

 

a) Zonas de Preferencia: Nos pide la Administración que le entreguemos las propuestas por escrito, las estudiará y propondrá una solución, a la vista de las distintas opciones que allí presentamos.

b) En caso de agotarse las bolsas, y antes de acudir al INEM, se irá a la que llamamos “reserva de la reserva”.

c) Se aumenta el tanto por ciento de las bolsas: Gestión 10% la de trabajo y 5% la de reserva. Tramitación 30 % la de trabajo y 15% la de reserva. Auxilio, 25% la de trabajo y 13 % la de reserva.

d) Se cambia el requisito, para tramitación procesal, de experiencia en el tratamiento informatizado de textos. En vez de considerarla acreditada respecto de los que en los últimos 5 años hubiera realizado puestos de tramitador o auxiliar en la Administración de Justicia, durante al menos 6 meses, por “en las dos últimas bolsas”., y se añadirá, o como Gestor u oficial.

e) Valoración de méritos: Como mérito a valorar en primer lugar, se sigue manteniendo el haber aprobado el primer ejercicio de la última oposición para el cuerpo en el que solicite ser incluido en la bolsa. También se puntuará, aunque menos el haber aprobado los ejercicios de la penúltima oposición, para el cuerpo en el que se solicite ser incluido. Y por último, y no solo para el cuerpo en el que se pida ser incluido, cualquier persona que en las dos últimas oposiciones de justicia,  hubiera aprobado algún ejercicio, también se valorará, aunque menos.

También se cambian la puntuación de gallego: Celga 4 o similar 0,5 puntos; medio 0,7 y    superior 1,5 puntos.

f) Ceses y renuncias: Finalmente se fijará en 18 meses el plazo que la Administración tendrá en cuenta, a la hora de resolver los ceses derivados de la incorporación de titular. Es decir, si una vez incorporado el titular, hubiera funcionarios interinos que lleven más de 18 meses, cesará el que lleve más tiempo y si no los hubiera, cesará el que se nombrase en fecha más reciente. En caso de empate cesará el tenga peor posición inicial en la bolsa. IMPORTANTE: NO HABRÁ CESES AUTOMÁTICOS, como se había hablado, por el hecho de que un funcionario interino lleve más de 18 meses.

g) Se suprime el artículo 21, “Cursos de formación” y en su lugar la Administración, incluirá dos artículos:

 

Artículo 12: Cursos de formación.- Obligatorio para los funcionarios interinos que no tengan al menos, 6 meses de servicio, en el respectivo cuerpo. La no participación en los mismos, será causa de exclusión automática de la bolsa.

 

Artículo 13.- Período de prácticas: Para los funcionarios interinos que no tengan completados, al menos 6 meses de servicios efectivos y que sean nombrados, tendrán la consideración de “interinos en prácticas”. Las prácticas tendrán una duración de 2 meses, continuados o acumulados, con los mismos derechos retributivos que el resto de interinos. Finalizado el período de prácticas el secretario judicial o responsable funcional deberá emitir un informe de apto o no apto, este último motivado. Si se supera el período de prácticas, quedará integrado de manera definitiva en la bolsa correspondiente y se renovará automáticamente su nombramiento como funcionario interino. Si no lo supera, cesará en su puesto de trabajo. Para que se produzca su exclusión definitiva de la bolsa, la Delegación Provincial iniciará expediente contradictorio, en el que el aspirante a interino afectado, podrá presentar sus alegaciones y pruebas en el plazo de cinco días hábiles.

 

 

 

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