PUBLICADO EN EL BOE LA REFORMA DE LOPJ

Resultado de imagen de MODIFICACION LOPJ(Ley Orgánica 4/2018, de 28 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial), son estas:

DIAS ASUNTOS PARTICULARES RECUPERADOS: se establece lo siguiente:

“Podrá disfrutar, excepcionalmente, tras la entrada en vigor de esta Ley, de tres días adicionales de permiso por asuntos particulares correspondientes al año 2017.

Tanto los tres días adicionales correspondientes a 2017 como los correspondientes a 2018 podrán disfrutarse en 2019. En ningún caso los tres días de cada año podrán acumularse entre sí, ni a los que correspondan a 2019 o a las vacaciones anuales retribuidas.

Estos días adicionales serán concedidos por la Administración competente en materia de personal atendiendo, en todo caso, a que las necesidades del servicio queden cubiertas”.

Cuarenta. Se modifica el apartado 5 del artículo 504, que queda redactado de la
siguiente forma:
«5. La enfermedad o accidente que impida el normal desempeño de las
funciones, darán lugar a licencias por enfermedad.
Sin perjuicio de la obligación de comunicar, en la forma que reglamentariamente
se determine, la imposibilidad de asistencia al trabajo por razón de enfermedad
durante la jornada laboral del día en que ésta se produzca, los funcionarios deberán
solicitar de la autoridad competente licencia por enfermedad en el cuarto día
consecutivo a aquel en que se produjo la ausencia del puesto de trabajo

«c) El complemento de carrera profesional.»
Cuarenta y dos. Se introduce un nuevo apartado 3 en el artículo 519, y corre la
numeración de los actuales apartados 3 y siguientes:
«3. Mediante Real Decreto, previa negociación con las organizaciones
sindicales, se establecerán los criterios, requisitos y las cuantías iniciales del
complemento de carrera profesional que será igual para todos los cuerpos con
independencia de dónde presten sus servicios.

SPJ-USO continuará la lucha para recuperar el 50% de plazas para la promoción interna que lamentablemente no se recoge en esta reforma y otras reivindicaciones que han quedado pendientes.

MODIFICACION LOPJ BOE

Poder Judicial. Violencia de género

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